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Para votar en el 2010

debo actuar ¡ya!

Debe inscribir su cédula:

- Si quiere votar en un puesto diferente al que tiene asignado.

- Quién no está en el censo electoral.

(No están en el censo electoral los ciudadanos cuya cédula fué expedida antes de 1988 y no han votado en los últimos 20 años).


¿Dónde y cuándo puedo registrar mi cédula?

Del 19 al 24 de octubre en cualquier registraduría del país (de 8 a.m. a 5 p.m, incluido sábado) y del 25 de octubre al 2 de noviembre en cualquiera de los puestos de votación de todo el país (de 10 a.m. a 6 p.m. en jornada contínua, incluido domingo y festivo).

 

¿Y si vivo fuera de Colombia?

Del 19 de octubre al 2 de noviembre puede registrarse en cualquier oficina consular del país en el exterior, con su cédula o pasaporte. Para votar sólo sirve la cédula.

 

Puede consultar en en el sitio web de la Registraduría Nacional o en Facebook si está inscrito o no. De igual manera, puede consultar su sitio actual de votación y los lugares habilitados para inscribir su cédula:

 

 
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RECUERDE QUE...


- Para inscribirse asista con su cédula original a los lugares, las fechas y los horarios indicados. No sirve la contraseña de la cédula.

- La contraseña NO sirve para votar ni para inscribirse.

- Es falso que quien no se inscriba pueda ir votar en el puesto censo (ej: El Coliseo Evangelista Mora en Cali)

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Contacto: inscribetucedula@gmail.com